Procedimientos para reclamar un error médico
¿Qué procedimientos existen para reclamar un error médico?
Para reclamar un error médico tu abogado deberá analizar qué relación existe entre el médico y el paciente afectado, si es una relación entre la Administración y administrado, si se trata de un contrato de prestación de servicios (médico paciente) o si es el cumplimiento de un contrato asegurador entre otros, pero podemos resumirlo en lo siguiente:
Hospitales públicos
Si se produce en un hospital público, se pueden seguir tres procedimientos:
- a) iniciar una reclamación administrativa contra el servicio público. Por ejemplo el SERMAS en Madrid o el SAS en Andalucía. Cada comunidad autónoma tiene su propio servicio responsable de lo que ocurre en los hospitales públicos.
Esta reclamación obligatoria es una ventaja que la ley le otorga a la administración frente al paciente, se le da la posibilidad de que diga si reconoce la existencia de responsabilidad.
Si no lo reconoce se podrá iniciar un procedimiento en tribunales en la jurisdicción contencioso-administrativa.
- b) Si el servicio público ha contratado un seguro, se puede iniciar una demanda civil contra el seguro, esta es la opción más rápida y ventajosa para el paciente, pero últimamente hay sentencias que lo impiden. En el momento que escribimos este artículo esta opción está pendiente de resolver y es algo arriesgada.
Sigue leyendo, ¿qué ocurre con los hospitales o médicos privados?
Seguros sanitarios y hospitales privados
Si se produce en un hospital privado o por un médico privado o a través de un seguro de salud
- a) se puede iniciar una demanda civil frente al seguro de salud, o frente al médico o clínica. El abogado analizará cual es la posibilidad más efectiva.
En ambos casos hay una tercera vía
- a) Vía penal. Si además de cometerse un error médico se ha podido cometer un delito en cualquiera de los casos, hospital público o privado, se podrá iniciar un procedimiento penal. Estos casos suelen acabar archivándose y hacen perder un tiempo enorme a los afectados. Sólo en situaciones excepcionales se deberá optar por esta vía.