¿Cuándo prescribe un error médico?

La prescripción en los errores médicos

Te recomendamos que leas el artículo «qué hacer ante un error médico» antes de seguir.

Como recomendábamos allí lo mejor que puedes hacer si tienes dudas sobre la posible prescripción de un caso es que consultes a un abogado especialista en errores médicos antes de alcanzar ninguna conclusión, pues no es sencillo determinar la prescripción de un caso y puede dar lugar a errores.

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Lo primero que debes saber es que en la jurisdicción civil (clínicas privadas) y la administrativa (hospital público) el plazo de prescripción comienza cuando el perjudicado puede definir las lesiones que tiene.

Si como consecuencia de un error o negligencia médica el paciente tiene un daño que evoluciona, por ejemplo, una parálisis cerebral, un ictus que requiere múltiples tratamientos etc. los plazos que te indicamos a continuación no comenzarán a contar hasta que el tratamiento haya concluido o se puedan definir las lesiones, por eso es complicado y debes consultar a un especialista.

Definido este punto te comentamos los plazos de prescripción:

Si el hospital es público el plazo de prescripción es de un año, a contar desde que las lesiones pueden definirse, antes de que transcurra el año habrá que iniciar una reclamación administrativa que interrumpirá la prescripción.

             De igual forma ocurre si iniciamos una acción contra la aseguradora de la administración, el plazo de prescripción es de un año, pero puede interrumpirse.

Si el hospital es privado hay dos plazos:

             Un plazo de cinco años, pero sólo contra quien hayamos contratado. Por ejemplo, si ejercemos una acción contra la aseguradora sanitaria.

             Un plazo de un año: si quien comete la negligencia no tiene relación contractual con nosotros, por ejemplo, miembros del personal del hospital donde nos intervienen a través de la aseguradora.

Es complicado por eso siempre es mejor consultar a un abogado especialista antes de llegar a ninguna conclusión.

La tercera vía que tenemos, la vía penal, depende del delito que se haya cometido la prescripción será mayor o menor, pero esta vía siempre debe ser excepcional.

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